En términos generales, viene a determinar la responsabilidad que tienen los padres en la crianza, bienestar y educación de los hijos. Se centra en la convivencia habitual y diaria con estos.
El progenitor no custodio deberá pagar una pensión alimenticia y a su vez, se establece un derecho en favor de este progenitor, con el objetivo de que los menores mantengan los vínculos afectivos de esta rama.
La custodia monoparental puede ser estipulada de mutuo acuerdo. Para ello los progenitores deberán reflejar dicho acuerdo en un convenio regulador que deberá ser aprobado por el Ministerio Fiscal y ratificado por los interesados ante el Juez. Serán los padres los que especifiquen los horarios de visitas, aunque siempre basándose en el interés de los hijos.
Antes de judicializar los asuntos familiares, es recomendable tratar de llegar a un acuerdo mutuo con el otro progenitor en cuanto al cuidado, modelo de visitas y pensión justa que disfrutará el hijo después de la ruptura. Los juzgados generalmente aceptarán este acuerdo siempre que sus términos sean para el beneficio del niño y no generen desamparo.
La cuestión es algo más complicada cuando existe divergencias y desentendimiento entre los padres a la hora de decidir quién de los dos tendrá la custodia de sus hijos o como se regulará esta. De ser así, tendrá lugar un proceso judicial contencioso para resolver la disputa entre las partes. En dicho proceso cada parte defenderá su postura frente a la otra con el fin de conseguir la custodia exclusiva. El Juez decidirá siempre en atención al bienestar e interés del menor.
Debemos tener en cuenta los factores que los tribunales consideran al tomar decisiones de custodia. De forma general pueden considerar para hacer esta determinación:
• La edad y el sexo del niño. Pudiendo opinar que mientras más pequeño sea el niño, más puede necesitar de su madre.
• La salud física y mental de todos los miembros de la familia.
• Los deseos del niño en caso de que el juez considere que tiene la suficiente madurez. Aunque la decisión final puede no coincidir con sus deseos.
• La adaptación del niño a su hogar, su escuela y su comunidad.
• La relación del niño con cada padre, sus hermanos y su familia lejana.
• Los horarios laborales de los progenitores y lugar de trabajo.
• Que progenitor ha sido el cuidador principal del niño.
A pesar de que en nuestro país la tendencia mayoritaria ha sido optar por la custodia exclusiva, cada vez son más frecuentes los casos de custodia compartida.
Según los datos del Instituto Nacional de Estadística del año 2018, la custodia monoparental fue otorgada a la madre en un 61,6% de los casos y al padre en un 4,2%. Es decir, se optó por la custodia compartida en un 33,8% del total de custodias, triplicando su número en menos de una década.