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Negativa a someterse a pruebas de alcoholemia y drogas: Diferencias entre el delito y la infracción administrativa

Verónica Santisteban García • sept 10, 2024

En el ámbito legal, la negativa a someterse a pruebas de alcoholemia y detección de drogas es un asunto de gran relevancia y complejidad. La legislación vigente establece consecuencias tanto en el ámbito penal como en el administrativo, generando una distinción fundamental que es crucial entender para aquellos involucrados en situaciones de control de alcoholemia o drogas.

 


Pena por negarse a realizar la prueba. De acuerdo con el artículo 383 del Código Penal, el conductor que, al ser requerido por un agente de la autoridad, se niegue a someterse a las pruebas para comprobar la tasa de alcoholemia o la presencia de sustancias estupefacientes, se enfrentará a penas significativas. La sanción puede incluir una condena de prisión que varía entre seis meses y un año, además de una privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores que oscila entre uno y cuatro años.

 

Requisitos del delito de negativa. Para que la negativa a someterse a las pruebas sea considerada un delito bajo el artículo 383 del Código Penal, deben cumplirse los siguientes requisitos:


  • Requerimiento expreso del agente de la autoridad: Debe existir una solicitud clara y formal por parte del agente para que el conductor se someta a las pruebas de alcoholemia o detección de drogas.
  • Negativa deliberada del conductor: El conductor debe rechazar explícitamente realizar las pruebas solicitadas por el agente.


Obligación de sometimiento a las pruebas. La legislación es categórica en cuanto a la obligación de los conductores de someterse a pruebas de alcoholemia y drogas. Según el artículo 12 de la Ley sobre Tráfico y los artículos 21 y 22 del Reglamento General de Circulación, todos los conductores, ya sean de vehículos a motor, ciclomotores, bicicletas o patinetes eléctricos, están obligados a colaborar con las pruebas pertinentes.

 

Los agentes de la autoridad tienen la potestad de realizar estas pruebas en diversas situaciones, incluyendo:


  • Accidentes de tráfico: Cualquier conductor implicado en un accidente puede ser sometido a pruebas.
  • Síntomas de intoxicación: Conductores que muestren signos evidentes de conducir bajo los efectos del alcohol o drogas.
  • Infracciones de tráfico: Aquellos denunciados por violaciones a las normas de circulación.
  • Controles preventivos: Durante controles rutinarios de prevención de alcoholemia y drogas.


Diferencias entre el delito y la sanción administrativa. Es esencial diferenciar entre la sanción penal y la administrativa en el contexto de la negativa a someterse a pruebas. La negativa puede ser castigada de las siguientes maneras:


  • Sanción penal: Se aplica cuando el rechazo ocurre en situaciones que implican la conducción bajo efectos de alcohol o drogas, o en el contexto de accidentes o infracciones graves. Esta sanción conlleva penas de prisión y la privación del derecho a conducir.
  • Sanción administrativa: Se impone cuando la negativa ocurre en circunstancias menos graves, como durante controles preventivos sin evidencias claras de intoxicación. En estos casos, la sanción es una multa sin consecuencias penales.


Casos en los que es posible negarse a realizar la prueba. Es importante señalar que existen circunstancias específicas en las que un conductor puede no estar obligado a realizar una prueba de alcoholemia o detección de drogas. Por ejemplo, si un conductor está en el vehículo, con el motor apagado y sin haber iniciado la marcha, la negativa a realizar la prueba no se consideraría un delito penal. Sin embargo, cualquier movimiento del vehículo, incluso si es solo para aparcar, puede justificar la obligatoriedad de realizar la prueba.

 

Concurrente imputación por el delito de conducción bajo los efectos del alcohol y el delito por negarse a realizar la prueba. Es posible ser imputado por ambos delitos simultáneamente. La negativa a someterse a pruebas de alcoholemia o drogas no exime al conductor de ser acusado y condenado por conducir bajo la influencia de estas sustancias. Si se detectan síntomas de intoxicación, se pueden formular cargos tanto por la conducción bajo efectos como por la negativa a realizar las pruebas pertinentes.

 

Conclusión. La negativa a someterse a pruebas de alcoholemia y detección de drogas es una conducta que puede acarrear serias consecuencias legales. Entender las diferencias entre las sanciones penales y administrativas, así como conocer las circunstancias en las que uno puede o no estar obligado a realizar las pruebas, es fundamental para cualquier conductor.

 


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