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Conducción bajo los efectos del alcohol y drogas: Requisitos procesales

Verónica Santisteban García • 2 de diciembre de 2024

Conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes es una de las infracciones más graves en materia de seguridad vial. No solo pone en riesgo la vida del conductor, sino también la de otros usuarios de la vía. En este artículo, te explicaremos de forma detallada y comprensible cuáles son los requisitos procesales y las actuaciones policiales en casos de conducción bajo influencia, actualizados a 2024. Nuestro objetivo es que, como conductor, conozcas tus derechos y obligaciones, y sepas cómo actuar en caso de enfrentarte a esta situación.


El Código Penal, en su artículo 379.2, tipifica como delito la conducción de vehículos a motor o ciclomotores bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. Las penas asociadas pueden variar desde multas hasta prisión, dependiendo de las circunstancias y la gravedad del caso.


Pero ¿qué significa realmente "bajo la influencia"? ¿Cómo actúan las autoridades en estos casos? ¿Cuáles son tus derechos como conductor? A continuación, abordaremos estas y otras preguntas esenciales.




Actuaciones policiales: ¿Qué pueden y deben hacer los agentes?


a) Paradas y controles de tráfico


Los agentes de la autoridad están facultados para realizar controles preventivos de alcoholemia y drogas en cualquier momento y lugar. Estos controles tienen como finalidad garantizar la seguridad vial y prevenir accidentes.


Selección aleatoria: No es necesario que hayas cometido una infracción para ser detenido en un control; la selección puede ser aleatoria.


Señalización adecuada: Los controles deben estar debidamente señalizados y visibles para los conductores.


b) Requisitos para efectuar pruebas de detección


Cuando un agente sospecha que un conductor puede estar bajo la influencia de alcohol o drogas, puede requerirle para realizar pruebas de detección. Los principales escenarios son:


Accidente de tráfico: Si estás implicado en un accidente, estás obligado a someterte a las pruebas.


Infracción de tráfico: Si cometes una infracción, el agente puede solicitar la prueba.


Signos evidentes: Si el agente observa signos de consumo (ojos rojos, habla pastosa, olor a alcohol), puede requerir la prueba.


c) Información al conductor


Es esencial que los agentes informen al conductor sobre:


  • El motivo de la prueba: Deben explicar por qué se solicita.
  • Los derechos del conductor: Incluyendo el derecho a una segunda prueba y a contrastar los resultados.
  • Las consecuencias de negarse: Informar que la negativa puede constituir un delito.



Pruebas de detección: Procedimiento y garantías


a) Prueba de alcoholemia


Procedimiento:


  • Primera prueba: Se realiza con un etilómetro de muestreo.
  • Segunda prueba: Si la primera es positiva, se espera un mínimo de 10 minutos y se realiza una segunda con un etilómetro evidencial (más preciso).


Garantías:


  • Calibración del etilómetro: El dispositivo debe estar homologado y calibrado correctamente.
  • Tiempo de espera: Se debe respetar el intervalo mínimo entre pruebas para garantizar la exactitud.
  • Información de resultados: El conductor tiene derecho a conocer los resultados de inmediato.


b) Prueba de detección de drogas


Procedimiento:


  • Prueba indiciaria: Se realiza un test salival que detecta la presencia de sustancias.
  • Prueba confirmatoria: Si es positiva, se toma una segunda muestra que se envía a un laboratorio acreditado para su análisis.


Garantías:


  • Custodia de la muestra: Se deben seguir protocolos estrictos para asegurar la integridad de la muestra.
  • Derecho a contraste: El conductor puede solicitar una prueba de contraste en un centro médico.


c) Intervenciones corporales y consentimiento


  • La extracción de sangre u otras muestras biológicas constituyen intervenciones corporales que afectan derechos fundamentales, como la integridad física y la intimidad.
  • Consentimiento expreso: El conductor debe dar su consentimiento para estas pruebas.
  • Negativa o incapacidad: Si el conductor se niega o no puede dar su consentimiento (por inconsciencia), se requiere una autorización judicial.
  • Realización por personal cualificado: Las pruebas deben ser realizadas por profesionales sanitarios.

 

Derechos del conductor durante las actuaciones policiales


Es fundamental que conozcas tus derechos para asegurar que el procedimiento es justo y legal.


a) Derecho a no declarar contra sí mismo.


No autoincriminación: Tienes derecho a no declarar contra ti mismo. Sin embargo, este derecho no exime de la obligación de someterse a las pruebas de detección.


b) Derecho a información.


  • Motivo de la detención o prueba: Debes ser informado de las razones por las cuales se te requiere.
  • Consecuencias legales: Tienes derecho a conocer las posibles implicaciones de tus acciones (por ejemplo, negarte a la prueba).


c) Derecho a asistencia jurídica.


  • Presencia de abogado: Aunque en las pruebas de alcoholemia o drogas no es común la presencia inmediata de un abogado, tienes derecho a solicitar asistencia legal posteriormente.
  • Acceso a atestados: Puedes acceder a las diligencias y atestados que se levanten en tu contra.


d) Cuando un conductor es sometido a un control de alcoholemia, las autoridades le proporcionan un boletín o informe detallando los resultados de las pruebas realizadas. Este documento es esencial, ya que garantiza la transparencia del proceso y permite al conductor conocer y ejercer sus derechos.


A continuación, se detallan los elementos que debe contener dicho boletín:


Datos de identificación del conductor:

Nombre completo.

Número de documento de identidad (DNI, NIE, etc.).

Número de permiso de conducir.


Información del vehículo:

Matrícula.

Marca y modelo.


Detalles del control:

Fecha y hora exacta de la realización de cada prueba.

Ubicación precisa donde se efectuó el control (calle, kilómetro de carretera, etc.).


Resultados de las pruebas de alcoholemia:

Lectura obtenida en cada prueba realizada, expresada en miligramos de alcohol por litro de aire espirado.

Indicación de si los resultados superan los límites legales establecidos.


Información sobre el etilómetro utilizado:

Marca y modelo del dispositivo.

Número de serie.

Fecha de la última calibración o verificación metrológica, asegurando su correcto funcionamiento.


Observaciones del agente:

Descripción de cualquier síntoma o comportamiento del conductor que indique posible influencia de alcohol (por ejemplo, habla pastosa, olor a alcohol, inestabilidad al caminar).

Circunstancias adicionales relevantes observadas durante el control.


Derechos del conductor:

Información sobre el derecho a solicitar una prueba de contraste, como un análisis de sangre, para verificar los resultados obtenidos.

Procedimiento para ejercer este derecho y plazos correspondientes.


Consecuencias legales:

Posibles sanciones administrativas o penales derivadas de los resultados obtenidos.

Información sobre la inmovilización del vehículo, si procede.


Firma del agente y del conductor:

El agente que realizó el control debe firmar el boletín.

El conductor también debe firmar, dejando constancia de que ha sido informado de los resultados y de sus derechos. En caso de negativa a firmar, se debe dejar constancia de ello en el documento.


Es fundamental que el boletín sea claro y detallado, ya que sirve como evidencia en posibles procedimientos administrativos o judiciales. Además, proporciona al conductor la información necesaria para ejercer sus derechos y, en su caso, preparar una adecuada defensa.


Recuerda que, como conductor, tienes derecho a ser informado de todos los aspectos relacionados con el control de alcoholemia y a recibir una copia del boletín emitido. Este documento es esencial para garantizar la transparencia y legalidad del procedimiento.

 

Consecuencias de negarse a las pruebas. Negarse a realizar las pruebas solicitadas por los agentes tiene serias implicaciones legales.


a) Delito de desobediencia (Artículo 383 del Código Penal). Penas:


  • Prisión: De 6 meses a 1 año.
  • Privación del derecho a conducir: De 1 a 4 años.


b) Procedimiento


  • Detención: Puedes ser detenido y trasladado a dependencias policiales.
  • Juicio rápido: Este delito se tramita generalmente por juicio rápido, acelerando el proceso judicial.


c) Defensa


  • Asistencia legal inmediata: Es crucial contar con un abogado desde el inicio para garantizar una defensa efectiva.
  • Análisis de legalidad: Se puede argumentar sobre la legalidad de la orden y si se respetaron tus derechos.



Procedimiento judicial: Desde la detención hasta el juicio


a) Detención y derechos


Lectura de derechos: Al ser detenido, se te deben informar tus derechos.

Comunicación: Tienes derecho a comunicarte con un familiar y con un abogado.


b) Atestado policial


  • Elaboración: Los agentes redactan un atestado detallando los hechos, pruebas y observaciones.
  • Contenido: Incluye resultados de pruebas, conducta del detenido y cualquier otra evidencia.


c) Juicio rápido


  • Plazo: Se celebra en un corto plazo (generalmente 72 horas).
  • Ventajas:
  • Reducción de pena: Si reconoces los hechos, la pena puede reducirse en un tercio.
  • Agilidad: Se resuelve rápidamente, evitando largos procedimientos.


d) Defensa en juicio


  1. Análisis de pruebas: Tu abogado revisará la legalidad de las pruebas y procedimientos.
  2. Posibles nulidades:
  • Falta de calibración del etilómetro.
  • Incumplimiento de protocolos.
  • Vulneración de derechos fundamentales.


Penas y sanciones: ¿A qué te enfrentas?


a) Penas principales


Prisión: De 3 a 6 meses.


Multa: De 6 a 12 meses.


Trabajos en beneficio de la comunidad: De 31 a 90 días.


b) Penas accesorias


Privación del derecho a conducir: De 1 a 4 años.


Cursos de reeducación vial: Obligatorios para recuperar el permiso.


c) Factores agravantes


Reincidencia: Si eres reincidente, las penas pueden ser más severas.


Accidentes con víctimas: Si causas lesiones o muertes, se aplicarán penas por delitos adicionales (lesiones imprudentes, homicidio imprudente).


Conducción temeraria: Puede aumentar las penas e implicar delitos adicionales.

 

Recomendaciones


a) Prevención. No conduzcas bajo los efectos: La mejor forma de evitar problemas es no consumir alcohol o drogas si vas a conducir.

Planifica: Si vas a beber, organiza un transporte alternativo.


b) Conoce tus derechos. Infórmate: Saber cómo actuar y cuáles son tus derechos te ayudará en caso de enfrentarte a una situación con las autoridades.


c) Actúa con responsabilidad. Colabora con los agentes: Una actitud respetuosa y colaborativa puede influir positivamente.

Busca asesoramiento legal: Si te ves involucrado en un procedimiento, contacta con un abogado especializado.

 

Preguntas frecuentes


¿Puedo negarme a realizar las pruebas si considero que el agente actúa de forma injusta?

No es recomendable. La negativa constituye un delito independiente. Si consideras que tus derechos han sido vulnerados, es mejor realizar las pruebas y posteriormente denunciar las irregularidades.


¿Qué pasa si el etilómetro no está calibrado correctamente?

Tu abogado puede solicitar la nulidad de la prueba si se demuestra que el dispositivo no cumplía con los requisitos legales.


¿Puedo solicitar una prueba de sangre en lugar de la de aire espirado?

Sí, puedes solicitar una prueba de contraste en un centro médico, generalmente a tu costa.

 

En Santisteban Abogados, contamos con un equipo especializado en derecho penal y seguridad vial. Si necesitas asesoramiento o defensa legal, no dudes en contactarnos.


¡Estamos aquí para ayudarte y defender tus derechos!

 

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